Nuevo impuesto que recae en fabricantes y distribuidores. Se trata del Real Decreto-ley 12/2017, de 3 de julio, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, en cuanto al sistema de compensación equitativa por copia privada.

Se trata de un sistema de compensación por copia privada que establece un modelo basado en el pago de un importe por parte de fabricantes y distribuidores de dispositivos digitales.

Desde el Gobierno dicen que este nuevo Real Decreto está basado en el pago de un importe a satisfacer por los fabricantes y distribuidores de equipos y soportes de reproducción, acompañado de un mecanismo efectivo de exceptuaciones y reembolsos.

Con este modelo el pago por copia privada recae directamente en los fabricantes y distribuidores de equipos, aparatos y soportes de reproducción. También se exceptúa el pago a las personas físicas y jurídicas que justifiquen el destino profesional de los equipos y soportes adquiridos, además de las entidades del sector público.

Para gestionar la facturación de la compensación, las entidades de gestión deberán constituir una persona jurídica que también será la responsable de gestionar las excepciones de pago y los reembolsos. Se realiza a través de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual conforme al procedimiento que se determine a tal efecto por real decreto.

Hasta la fecha, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha autorizado 8 entidades de gestión, que representan a los distintos titulares de derechos: SGAE, CEDRO, VEGAP, DAMA, AIE, AISGE, AGEDI y EGEDA.

Aquellas personas jurídicas o físicas no exceptuadas del pago de la compensación podrán solicitar el reembolso de esta cuando: Actúen como consumidores finales, justificando el destino exclusivamente profesional del equipo, aparato o soporte material de reproducción adquirido y que estén manifiestamente reservados a usos distintos a la realización de copias privadas.

Desde el Ministerio definen los pagos del canon divididos por unidad en:

  • Equipos multifuncionales de inyección de tinta o láser y con capacidad de copia, impresión o escaneado: 5,25€
  • Equipos monofuncionales con capacidad de copia, impresión o escaneado de hasta 39 copias por minuto: 4,50€
  • Grabadoras de discos: De 0,33€ a 1,86
  • Discos de reproducción mixta, texto, sonora y visual o audiovisual: De 0,08€ a 0,28€
  • Memorias USB y otras tarjetas de memoria no integradas en otros dispositivos: 0,24€
  • Discos externos mulmedia: 6,45€
  • Discos internos multimedia: 5,45€
  • Tablets: 3,15€
  • Smartphones: 1,10€

Esta nueva Ley viene tras la anulación en 2016 del sistema de compensación o canon digital que regulaba el procedimiento de pago de la compensación equitativa por copia privada, el Alto Tribunal Europeo declaró ilegal ese sistema.