La Agencia Tributaria ha publicado el calendario del contribuyente para el año 2017. Entre las fechas a destacar está la Campaña de la Renta, que tendrá lugar entre el 5 de Abril y el 30 de Junio.

En cuanto a las novedades, la más importante es la desaparición del programa PADRE, que será sustituido por el sistema Renta Web, el servicio online que la Agencia Tributaria presentó el año pasado y que ahora se extiende a todos los declarantes, cualquiera que sea la naturaleza de sus rentas. En la pasada campaña, no pudieron utilizarlos quienes tenían ingresos de actividades económicas; con este nuevo sistema, el contribuyente accede vía web a la Agencia Tributaria para gestionar cualquier dato o renta, sin descargar nada en su ordenador.

En segundo lugar, como informamos en una noticia anterior, entrará en vigor, a partir del 1 de Julio de 2017, el Sistema SII (Suministro Inmediato de Información)  para la gestión electrónica del IVA.

Además, el próximo año 2017 (consultar fechas en calendario del contribuyente), se presentarán los siguientes modelos por primera vez:

  • Modelo 217: gravamen especial sobre dividendos o participaciones en beneficios distribuidos por Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario, cuya autoliquidación (SOCIMI) se realizará dos meses desde el día del acuerdo de distribución de beneficios.
  • Modelo 231: Declaración de información país por país, doce meses siguientes a la finalización del período impositivo.
  • Modelo 289: Declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua, a presentar por instituciones financieras desde el 1 de enero hasta el 31 de mayo. Este modelo sustituye al modelo 299 que sólo para el 2016, se presentará exclusivamente para los residentes en Aruba y San Martín.
  • Modelo 364: IVA. Solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas relativas a la OTAN, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado.
  • Modelo 365: IVA. Solicitud de reconocimiento previo de las exenciones relativas a la OTAN, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado.
  • Modelo 589: Impuesto sobre el Valor de la Extracción de Gas, Petróleo y Condensados. Desde el 1 al 20 de abril.