Recientemente ha sido aprobado el Real Decreto-ley 12/2017, de 3 de julio, por el que se modificaba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, en cuanto al sistema de compensación equitativa por copia privada.
Una vez habituados en España al sistema de compensación por copia privada, el cual establece un modelo basado en el pago de un importe por parte de fabricantes y distribuidores de dispositivos digitales, corresponde a los consumidores finales la devolución de dichas tasas.
Para ello, se debe justificar el destino exclusivamente profesional del equipo, aparato o soporte material de reproducción adquirido y que estén manifiestamente reservados a usos distintos a la realización de copias privadas.
Estas liquidaciones se realizarán tras presentar a la persona jurídica constituida por las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual que la gestiona, una relación de las unidades, marcas y características técnicas de los equipos, aparatos y soportes materiales de reproducción de las que hayan tenido obligación del pago de la compensación (canon digital).
Este proceso deberá hacerse al finalizar cada trimestre natural, especificando los equipos adquiridos cuyo canon haya sido abonado por parte del cliente final durante el trimestre.
También debe contemplarse las unidades de los equipos adquiridos, así como fecha y número de factura y el nombre de la entidad que haya adquirido los equipos y que se encuentre en posesión de un certificado que acredite su calidad de organización exceptuada.
Para obtener este último certificado si aun no dispone de él, puede ponerse en contacto con Sistemas de Datos.
Los plazos de presentación de liquidaciones para cada periodo de declaración son los siguientes:
- 1er trimestre de 2018
Antes del 30 de abril de 2018
- 2º trimestre de 2018
Antes del 30 de julio de 2018
- 3er trimestre de 2018
Antes del 30 de octubre de 2018
- 4º trimestre de 2018
Antes del 30 de enero de 2019
Para más información y/o proceder a las autoliquidaciones puede ponerse en contacto con Sistemas de Datos.
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