Se ha publicado la Orden, de la Consejería de Hacienda del Gobierno de Canarias, que suprime la obligación de declarar mediante el Documento Único Administrativo (DUA) la importación en los envíos de escaso valor.
La normativa, en el ámbito del IGIC y del AIEM (Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias), recoge la exención de estos impuestos a la importación en envíos entre particulares sin contraprestación, cuando el valor global no supera los 110 euros, si los bienes son enviados desde la UE, y los 45 euros si son enviados desde terceros países. En el caso de la importación de bienes con contraprestación, la exención del DUA se aplica cuando el valor del envío no supera los 22 euros y los productos no son perfumes, colonias, bebidas alcohólicas o tabaco.
Además, los responsables de recibir la mercancía deben presentar, junto con la documentación comercial del envío y antes de ser retirados, una declaración escrita en la que indicarán la procedencia, destinatario, bultos y peso, una descripción de los bienes, su valor y número de partida de la declaración sumaria.
El futuro Gobierno Central tendrá que ejecutar el acuerdo alcanzado con el Gobierno de Canarias, el pasado mes de Enero, para impulsar el comercio electrónico en las Islas, que se encuentran en último lugar en comercio de este tipo en España. Según este acuerdo, y a propuesta del Ejecutivo regional, se elevaría el mínimo exento del DUA de 22 a 150 euros, que son la mayoría de compras que se realizan en Canarias.
Junto a esta medida, el Ejecutivo tiene previsto simplificar el modelo de autodespacho, ya que, debido a su complejidad, muchos compradores se ven obligados a contratar a un tercero para realizar el trámite, lo que eleva el precio final de la compra. La intención del Gobierno es sustituirlo por un procedimiento simplificado a través de un formulario web.
La tercera medida consiste en establecer un mecanismo para que no haya que incluir el número de declaración sumaria a la hora de cumplimentar el autodespacho, o bien, que sea la propia Administración quien lo proporcione. Este número es necesario para poder levantar la mercancía y es un requisito imprescindible en los trámites aduaneros. La mayoría de compradores recurren a importadores y exportadores para que les faciliten esta información, suponiendo otro gasto añadido más a todo el trámite.
Según el informe sobre el Comercio Electrónico en Canarias de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento realizado por el Observatorio Canario de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (OCTSI), el volumen del comercio electrónico en Canarias está estimado en 447 millones de euros, un 1,08 % del PIB regional.
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