La nueva regulación del real decreto-ley 15/2014 de modificación del régimen económico y fiscal de Canarias(REF 2015). Ha traído nuevas oportunidades:
Modificaciones en la RIC para inversiones:
– El importe de la materialización de la reserva en gastos de investigación y desarrollo también alcanzará a los proyectos contratados con universidades, organismos públicos de investigación o centros de innovación y tecnología, oficialmente reconocidos y registrados y situados en Canarias.
– Se equiparan los supuestos de inversión indirecta a los de inversión directa, de modo que la RIC podrá materializarse en títulos, acciones y participaciones de otras entidades que inviertan en los mismos activos en los que actualmente pueden materializarse las inversiones directas. La reforma permite, por tanto, cualquier tipo de instrumento financiero, no solo acciones como hasta ahora para las entidades inscritas en la Zona especial Canarias y podrán beneficiarse del régimen fiscal hasta 2026.
– Se eliminan exigencias actuales para invertir en entidades ZEC. Estas consistían en la necesidad de quela emisión o ampliación de capital de la entidad ZEC en la que se invertía lo fuera por un importe mínimo de 750.000 euros y que, al menos, el 10 por 100 del capital emitido o ampliado fuese suscrito por personas o entidades que no aplicasen la RIC a esa inversión.
Materialización de la RIC para la creación de empleo:
Como máximo puede destinarse a esta nueva forma de materialización de la RIC, el 50 por 100 de las dotaciones efectuadas a la misma por el sujeto pasivo.
- Como máximo podrá considerarse, como materialización de la RIC, el coste medio anual por trabajador (salario bruto y cotizaciones sociales obligatorias), por un importe de 36.000 euros.
- Para la zona especial Canaria ZEC, se producen modificaciones importantes, también con el fin de crear diversificación económica y empleo.
- Se incluyen nuevos elementos con el fin de lograr una mejor productividad en la economía Canaria. Con el fin de crear empleo ya que se permite que las entidades adscritas puedan operar sin limitaciones en todo el territorio del archipiélago.
- Se amplía la lista de actividades que pueden suscribirse al ZEC: Se han incluido, fundamentalmente, actividades intensivas en mano de obra: en el sector tecnológico se encuentran los drones, la construcción de embarcaciones deportivas y el alto rendimiento deportivo; en el industrial, la reparación de maquinaria y bienes de equipo; en el medioambiental, la gestión de residuos y la desalinización de aguas; en el sector complementario al turístico, se encuentran los parques temáticos y la asistencia en salud y bienestar.
Estas modificaciones entre otras incluidas en el Real Decreto, creemos que pueden ser interesantes, a la hora de realizar inversiones tecnológicas así como facilitar aquellas empresas que lo necesiten la creación de nuevos puestos de trabajo para mejorar su productividad.
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